“XANOI” (I): INTERCULTURALISMO
HIPATIA Asociación Intercultural

“XANOI” (I): INTERCULTURALISMO

Investigación social del Centro Intercultural Hipatia

Miquel Palou-Bosch | 9 oct 2025


Viahipatia.es /Diario Digital CI Hipatia

Columna: ESTUDIOS SOCIALES /Centro Intercultural Hipatia

Texto: M. Palou-Bosch (Dpto. Investigación CI Hipatia), 2025.

Imagen: 2017, Buenos Aires, Verónica Grandjean (MIGRACIONES E INTERCULTURALIDAD, pág.2)

Coordinación: Mariana Beheran. Diseño: Verónica Grandjean. Edición: 2017, OIM

Nota: no se observa la autoría particular de los artículos del documento.

“XANOI” (I): INTERCULTURALISMO

                La oficina de Argentina de la OIM publicó en 2017 una “guía para el desarrollo y fortalecimiento de habilidades en comunicación intercultural” (1), con un anexo para la realización de un curso destinado a técnicos, responsables y personas interesadas en las nuevas cuestiones y problemas que suponen las migraciones y la relación intercultural.

                Nuestra entidad (CENTRO INTERCULTURAL HIPATIA) ha procedido al estudio y análisis de la citada guía propuesta, a los efectos de investigar, promover y difundir elementos que puedan servir de consenso y entendimiento entre personas migrantes y nativas, así como establecer la filosofía socio-política y socio-administrativa para afrontar estas nuevas situaciones en el mundo.

                En este sentido, no podríamos estar más de acuerdo en que la filosofía social de las migraciones y de la relación entre las personas de distintas culturas deben establecer unos pactos morales de avenencia, comprensión y respeto, siendo que esto llevará a considerar la construcción de una “comunicación interpersonal” (1, p.8) “de acuerdo con sus pertenencias de género, étnicas, sociales, etarias [edad de los sujetos], y lingüísticas” (1, ibíd.)

                Y, naturalmente, no sólo basta que esto se realice entre las gentes, sino que las Administraciones Públicas deben atender tales situaciones (y sus circunstancias) en pro del respeto a los derechos humanos (DUDH, 1948, ONU).

                Uno de los elementos que plantea desde el principio el documento (1, ibíd.) se refiere a las proposiciones sobre “estereotipo” y “discriminación” (1, ibíd.), cuyas definiciones se tomaron ya en Buenos Aires en 2016 (OIM, Dirección Nacional de Migraciones (DNM), Organización Internacional para las Migraciones y Dirección Nacional de Migraciones: INTERCULTURALIDAD, MIGRACIÓN Y COMUNICACIÓN). Estereotipar a las personas para luego discriminarlas, supone un defecto importante en las relaciones sociales; tal es, esta consideración, que hace imposible toda relación estable: receptor rechaza al forastero precario y éste debe tomar acciones en su defensa para su propia subsistencia (la del individuo y la de su familia, si es el caso).

                Asimismo, el citado documento (1, p.9) intenta la sugerencia de cómo habría que implantar una mejor comunicación en los entornos de la educación y de la sanidad.

                El primer capítulo del documento intenta que los conceptos de interculturalidad y de la multiculturalidad estén contenidos en la idea de que “la presencia simultánea de poblaciones con diferentes pertenencias culturales en un mismo espacio […]” (1, p.10) son posibles y que éstas “pueden convivir en armonía” (1, ibíd.). En tal sentido, y para que sean asumibles estas realidades, el documento “interpela a los poderes públicos y a las instituciones” (1, ibíd.) para que protejan este punto de vista y lo amplíen, removiendo los obstáculos, planificando y presupuestando en aras a conseguir y facilitar tales posibilidades de convivencia (educación, medios de comunicación, asociaciones y entidades cívicas y políticas, comercio, trabajo, industria, etc.)

                Asimismo, se señala la posible diferencia entre “multiculturalidad” e interculturalidad”. Conrad P. Kottak, antropólogo estadounidense, en 1996, matizó que había una diferencia entre ambos conceptos, pues el primero significaba un “concepto cultural” (1, ibíd.) y el segundo era de carácter político. Los autores Malgesini y Giménez, por otra parte, señalaron en el 2000 que “el concepto de multiculturalismo se utilizó como [algo] semejante al de pluralismo cultural” (1, ibíd.), en especial “entre los años sesenta y ochenta (ibíd.)”. Desde luego, suponemos que los tres teóricos definen en función de su interpretación de la historia. Por nuestra parte, pensamos que, en estos momentos y para no confundir, habría que respetar el significado de los vocablos desde un punto de vista lingüístico. En este sentido, habría que entender que el término multiculturalidad tiene un sentido cuantitativo: muchas culturas al mismo tiempo. El de interculturalidad, por otra parte, haría referencia a la existencia de culturas fuera de la propia. Es decir, de la misma manera que hablamos de elementos nacionales y de elementos inter-nacionales.

                Dado que de momento no se ha encontrado (o creado) un vocablo para señalar la convergencia de culturas, parece aceptarse el término intercultural como la noción que define un conjunto de culturas compartiendo el progreso de un país en una geografía determinada, a través de unas reglas y normas comunes a todas las gentes que comparten el espacio, respetándose las particularidades de cada cultura. Ahora bien, dicho esto, habrá que convenir que las culturas deberán adaptarse a las normas establecidas y acordadas, de acuerdo en especial a los derechos fundamentales que ya se establecen en la Declaración Universal de la ONU.

                Por tanto, se trata de tener una amplitud de miras respecto a los receptores de unas tierras determinadas; de la misma manera, el recién llegado deberá respetar las culturas, normas y tradiciones de los nativos, si bien tendrá el derecho de denunciar todos aquellos elementos que probadamente se desmiembren de los derechos humanos en general. La OIM, en esta cuestión, ya planteó en 2014 el reconocimiento necesario de “no sólo reconocer las diferencias y promocionar el encuentro y la convivencia entre las culturas, sino también de cuestionar las condiciones a través de las que se construyen y ordenan […] esas diferencias”. Por ejemplo, el paradigma que, en Occidente, pueda existir respecto de una población entendida como “blanca, masculina y heterosexual” (1, p.11), tendrá que ser cuestionada a los efectos de entender el concepto de lo intercultural.

                Las prácticas sociales, de la admisión de diferentes culturas, empezaron a darse en la década de los ochenta del siglo pasado en el entorno educativo de Europa. Estas prácticas tomaban como referencias las acciones en Estados Unidos en los años sesenta y algunas experiencias en la década de los setenta en determinadas áreas europeas. Según “Malgesini y Giménez (2000), esas primeras prácticas habían tenido por objetivo reducir el fracaso escolar de aquellos niños, niñas y adolescentes culturalmente diferentes” (1, ibíd.). En América Latina, por otra parte, se tuvo que enfrentarse, “en los años setenta” (1, ibíd.), al “reconocimiento cultural y político de la población indígena y afrodescendiente (OIM et al,2014)” (1, ibíd.)

                Finalmente señalar que, en 2001, la UNESCO realiza su Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural. “En su artículo 1º sostiene que la misma ‘constituye el patrimonio común de la humanidad y debe ser reconocida y consolidada en beneficio de las generaciones presentes y futuras”. Entiende, Matsuura (2002:3), a partir de aquí, “que el diálogo intercultural es la mejor garantía de paz, y de rechazar categóricamente la tesis que auguraba un choque inevitable entre culturas y civilizaciones” (1, ibíd.)

CONTINUARÁ…

Dpto. Investigación social

-Programa sobre Migraciones-

centrointerculturalhipatia@gmail.com

 

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